Externalización de la figura de Consejero de Seguridad ADR

Camion que transporta mercancías peligrosas con un consejero ADRLa Directiva Europea 96/35/CE, transpuesta al ordenamiento interno a través del RD 1566/1999, establece que las empresas que realicen transportes de mercancías peligrosas por carretera, así como operaciones de carga y descarga, deben disponer de al menos un Consejero de Seguridad ADR. Este técnico especialista contribuye a la prevención de los riesgos inherentes al transporte de mercancías peligrosas para las personas, los bienes o el medio ambiente.

El consejero de seguridad ADR estará capacitado siempre y cuando posea el Certificado CE, el cual se obtiene aprobando el curso formativo que contempla los requisitos normativos y procedimientos de seguridad. Debido a la determinación del trabajo, cada vez son más las empresas que contratan la externalización de la figura de Consejero de Seguridad

Los técnicos de empresas especializadas en Seguridad, Prevención y Riesgos, como es el caso de HIGIA, ofrecemos asesoramiento y asumen la figura de Consejero de Seguridad ADR, y mercancías peligrosos. Los servicios de consultoría en ADR aseguran a sus clientes de cumplimiento de las obligaciones legales establecidas.

Europa, concienciada del incremento del transporte de mercancías peligrosas, establece por primera vez la  figura del Consejero de Seguridad en 1996. Sin embargo, el marco legislativo español  hace referencia a él en el año 1999. Posteriormente, en la normativa 97/2014, vuelve a sentar las bases del citado Consejero. Indiscutiblemente, a día de hoy, la legislación española  vela con más ahínco por la seguridad de los trabajadores y del medio ambiente. Es por ello que el artículo 140.25.21 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres contempla sanciones económicas de hasta 3.300 euros por infracciones muy graves.