Registro de Alimentación Animal

Los expertos en consultoría de seguridad alimentaria de HIGIA asesoramos en el registro de alimentación animal a las empresas de piensos, pudiendo dedicar su actividad a la producción, transformación, almacenamiento, transporte o distribución de piensos. Así se cumple con el Reglamento 183/2005, de carácter obligatorio.
El registro de alimentación animal varía en función de la actividad realizada por el cliente. Desde HIGIA asesoramos en la gestión de trámites administrativos, garantizando la inscripción correcta en la Comunidad Autónoma en la que ubique el domicilio social de la empresa.

Asesoría HIGIA: Inscripción Registro Alimentación Animal

 
Los consultores de HIGIA asesoramos y gestionamos el proceso de inscripción del Registro de Alimentación Animal a las empresas interesadas; en todo el ámbito nacional. Además, garantizamos el éxito del servicio. Contacte con nuestros expertos en seguridad alimentaria. Ofrecemos presupuesto gratis y sin compromiso.
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¿Quién se debe inscribir en el Registro de Alimentación Animal?

 
Según el Reglamento 183/2005, se deben inscribir en el registro de alimentación animal aquellas empresas relacionadas con el sector de la alimentación animal que fabriquen o comercialicen productos, piensos, premezclas o aditivos destinados a los animales. No obstante, están exentos los siguientes casos: 
  • La venta al por menor de piensos para mascotas
  • El productor que suministra directamente pequeñas cantidades de producción primaria de piensos (producción de productos agrícolas: cultivo, ordeña, cría de animales, pesca… no sometidos en procesos posteriores) a explotaciones agrícolas locales

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