Analítica de Agua Potable

Los expertos en desinfección de HIGIA ofrecemos analíticas de agua potable y analíticas bacteriológicas y microbiológicas de agua potable, para garantizar el cumplimiento del Real Decreto 140/2003, y con ello, la calidad del agua de consumo humano. Además, nos adaptamos a las necesidades del cliente. Contacte con nosotros para más información. Ofrecemos cobertura en todo el ámbito nacional.
Los técnicos de HIGIA informamos de los requisitos de obligado cumplimiento de cada cliente concreto, personalizando su analítica. En el caso de que los resultados de las analíticas hayan indicado niveles de parámetros indebidos, ofrecemos soluciones para la consecución del agua de calidad.
El agua potable puede verse afectada por patógenos, alterando su composición y afectando su calidad. Las analíticas permiten detectar los peligros para la salud por la ingesta de agua indebida. En HIGIA ofrecemos analíticas realizadas por laboratorios acreditados por ENAC. Con ello, aseguramos resultados certeros. 
Ofrecemos cobertura en todo el ámbito nacional. La recogida de muestras podemos llevarla a cabo nosotros, o el propio cliente, siguiendo las instrucciones de los técnicos. En este segundo caso, enviaríamos a un profesional a recoger el muestreo.
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Real Decreto del Agua de Consumo Humano

La legislación obliga a verificar la potabilidad de agua que se ofrece a la población, por lo que se realizan revisiones y tratamientos de limpieza de depósitos o analíticas de agua, entre otros. Son empresas profesionales como HIGIA quien desarrolla la labor para asegurar la salubridad de la sociedad.
La normativa que regula los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano o agua potable, es el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, que entre otras cuestiones, fija valores paramétricos a cumplir en el punto donde se pone el agua potable a disposición del consumidor, basados en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y en motivos de salud pública, aplicándose en algunos casos, el principio de precaución para asegurar un alto nivel de protección de la salud de la población.
El RD define al “Gestor y/o gestores” de agua potable como la persona o entidad pública o privada que sea responsable del abastecimiento o de parte del mismo, o de cualquier otra actividad ligada al abastecimiento del agua de consumo humano.

Control de la calidad del agua de consumo humano

El control de la calidad del agua de consumo humano engloba los siguientes apartados:
  • Autocontrol del agua de consumo humano
  • Vigilancia sanitaria
  • Control del agua en grifo del consumidor
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Requisitos de calidad del agua de consumo humano

El agua de consumo humano a disposición del consumidor deberá cumplir los requisitos de calidad:
  • El punto en el cual surge de los grifos que son utilizados habitualmente para el agua de consumo humano, para las suministradas a través de una red de distribución, dentro de los locales, establecimientos públicos o privados y domicilios particulares
  • El punto en que se pone a disposición del consumidor, para las aguas suministradas a partir de una cisterna, de depósitos móviles públicos y privados
  • El punto en que son utilizadas en la empresa, para el agua potable utilizadas en la industria alimentaria

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